Anuncios

Cómo darse de alta en Hacienda sin hacerlo en la Seguridad Social

Darse de alta en Hacienda sin hacerlo en la Seguridad Social es una opción que puede ser válida en ciertos casos específicos. Sin embargo, es importante tener en cuenta que esto solo aplica a ciertos tipos de actividades profesionales y no es una práctica generalizada.

Anuncios

En primer lugar, debes saber que darte de alta en Hacienda implica registrarte como autónomo o empresario y obtener un número de identificación fiscal (NIF). Esto es necesario para poder facturar y cumplir con tus obligaciones tributarias.

Por otro lado, el alta en la Seguridad Social es obligatoria para los trabajadores por cuenta propia y te brinda una serie de derechos y coberturas, como la asistencia sanitaria, la jubilación y la prestación por desempleo.

Sin embargo, existen situaciones en las que no es necesario darse de alta en la Seguridad Social, como por ejemplo si realizas una actividad profesional de forma esporádica o si tus ingresos no alcanzan el umbral establecido para ser considerado autónomo.

En estos casos, puedes darte de alta en Hacienda como trabajador por cuenta propia sin estar dado de alta en la Seguridad Social. Para ello, debes cumplir con los siguientes pasos:

Anuncios

1. Solicitar el alta en Hacienda: Debes presentar el modelo 036 o 037, que son los formularios de declaración censal de empresarios, profesionales y retenedores. En este formulario, indicarás los datos necesarios para darte de alta y obtener tu NIF.

2. Elegir el régimen fiscal: En el momento de darte de alta en Hacienda, deberás elegir el régimen fiscal que mejor se adapte a tu actividad. Existen varios regímenes fiscales, como el régimen general, el régimen de estimación directa o el régimen de módulos, entre otros.

Anuncios

3. Cumplir con las obligaciones tributarias: Una vez dado de alta en Hacienda, deberás cumplir con tus obligaciones tributarias, como presentar las declaraciones trimestrales de IVA y las declaraciones anuales de IRPF.

Es importante mencionar que, aunque no estés dado de alta en la Seguridad Social, seguirás siendo responsable de cumplir con todas tus obligaciones fiscales y tributarias. Además, es recomendable contar con un asesor fiscal que te guíe en el proceso y te ayude a cumplir con todas las formalidades legales.

Orden de alta: Hacienda o Seguridad Social

La orden de alta es un trámite necesario tanto para dar de alta a una empresa o autónomo en Hacienda como en la Seguridad Social. Es el primer paso a realizar cuando se quiere empezar a realizar actividades económicas de manera legal en España.

Orden de alta en Hacienda:
Cuando se desea iniciar una actividad económica, ya sea como autónomo o como empresa, es necesario darse de alta en Hacienda. Este trámite se realiza en la Agencia Tributaria y consiste en obtener el Código de Identificación Fiscal (CIF) o el Número de Identificación Fiscal (NIF), dependiendo del tipo de entidad.

Para realizar la orden de alta en Hacienda, es necesario presentar una serie de documentos, como el Modelo 036 o el Modelo 037, donde se recogen los datos de la empresa o del autónomo, así como la actividad económica que se va a desarrollar. También se deberá presentar el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), en caso de que sea necesario.

Una vez realizada la orden de alta en Hacienda, se obtendrá el CIF o NIF, que será necesario para realizar otros trámites, como la apertura de una cuenta bancaria o la emisión de facturas.

Orden de alta en la Seguridad Social:
La orden de alta en la Seguridad Social es necesaria para dar de alta a los trabajadores de una empresa, ya sean asalariados o autónomos. Este trámite se realiza en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y es obligatorio para cumplir con las obligaciones laborales y de seguridad social.

Para realizar la orden de alta en la Seguridad Social, es necesario presentar una serie de documentos, como el Modelo TA.2 o el Modelo TA.0521, donde se recogen los datos del trabajador y de la empresa, así como la actividad que va a realizar.

Una vez realizada la orden de alta en la Seguridad Social, el trabajador estará dado de alta en el régimen correspondiente (general, autónomos, etc.) y tendrá acceso a los derechos y prestaciones que le correspondan.

Es importante destacar que tanto la orden de alta en Hacienda como en la Seguridad Social deben realizarse antes de comenzar la actividad económica o contratar a un trabajador. Además, es necesario cumplir con otras obligaciones fiscales y laborales, como la presentación de los impuestos correspondientes o la cotización a la Seguridad Social.

Alta en Hacienda: paso a paso

1. Solicitud del alta: El primer paso para darse de alta en Hacienda es presentar la solicitud correspondiente.

Información Importante
Contrata los Servicios Profesionales de una Asesoría o Gestoría llamando a GestorPlus Contactar con GestorPlus
Esto se puede hacer de forma presencial en una oficina de la Agencia Tributaria o de forma telemática a través de la página web de la Agencia Tributaria.

2. Formulario 036 o 037: Para realizar el alta en Hacienda, es necesario cumplimentar el formulario 036 o el formulario 037, dependiendo del tipo de contribuyente. El formulario 036 se utiliza para altas de empresarios y profesionales, mientras que el formulario 037 se utiliza para altas en el régimen simplificado del IVA y en el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca.

3. Datos personales y de la actividad: En el formulario, se deben proporcionar los datos personales del contribuyente, como nombre, apellidos, NIF, dirección, etc. Además, se deben indicar los datos relativos a la actividad económica que se va a desarrollar, como el código CNAE, el régimen de IVA, la estimación del volumen de ingresos, etc.

4. Declaración censal: Junto con el formulario 036 o 037, se debe presentar la declaración censal. Esta declaración sirve para comunicar a la Agencia Tributaria cualquier modificación en los datos del contribuyente, como cambios de domicilio, de actividad económica, etc.

5. Alta en el Censo de Empresarios: Una vez presentada la solicitud de alta en Hacienda, se procederá a la inscripción del contribuyente en el Censo de Empresarios de la Agencia Tributaria. Esto implica que el contribuyente quedará registrado como empresario o profesional y se le asignará un número de identificación fiscal.

6. Obligaciones fiscales: Una vez dado de alta en Hacienda, el contribuyente deberá cumplir con sus obligaciones fiscales, como la presentación de declaraciones periódicas de IVA, la presentación del Impuesto sobre Sociedades o del IRPF, entre otros.

7. Libros contables: En función de la actividad económica que se realice, es posible que el contribuyente deba llevar una contabilidad adecuada. En este caso, se deberán llevar los libros contables correspondientes, como el libro de ingresos y gastos, el libro de facturas emitidas y recibidas, etc.

8. Facturación: Una vez dado de alta en Hacienda, el contribuyente podrá emitir facturas por las operaciones realizadas dentro de su actividad económica. Estas facturas deberán cumplir con los requisitos establecidos por la normativa fiscal.

Autónomo sin facturación

Un autónomo sin facturación es una persona que se da de alta como trabajador autónomo en España, pero que no realiza ninguna actividad económica que genere ingresos o facturación. Esto significa que no realiza ninguna venta de bienes o servicios, ni emite facturas a sus clientes.

Existen diferentes motivos por los cuales una persona puede darse de alta como autónomo sin facturación. Algunos de los casos más comunes son:

1. Inicio de actividad: Algunas personas deciden darse de alta como autónomos sin facturación para estar preparados en caso de que comiencen a realizar una actividad económica en el futuro. Esto les permite ahorrar tiempo y trámites administrativos al ya tener el alta previa como autónomos.

2. Periodo de inactividad: En otros casos, un autónomo puede encontrarse en un periodo de inactividad temporal, en el que no realiza ninguna actividad económica que genere ingresos. Sin embargo, decide mantenerse dado de alta como autónomo para no perder los beneficios y derechos asociados a esta figura, como la posibilidad de acceder a prestaciones por desempleo.

Es importante tener en cuenta que, a pesar de no generar facturación, los autónomos sin facturación aún tienen ciertas obligaciones y responsabilidades. Algunas de ellas son:

Cotizaciones a la Seguridad Social: Los autónomos sin facturación deben seguir cotizando a la Seguridad Social, aunque pueden acogerse a la tarifa plana de autónomos si cumplen los requisitos establecidos.

Presentación de impuestos: Aunque no generen ingresos, los autónomos sin facturación deben presentar las declaraciones de impuestos correspondientes, como el modelo 303 de IVA o el modelo 130 de pago fraccionado del IRPF.

Mantenimiento de libros contables: Aunque no haya actividad económica, es importante llevar un registro de los gastos e ingresos, así como de los documentos contables, para cumplir con las obligaciones fiscales.

Si estás buscando información sobre cómo darte de alta en Hacienda sin hacerlo en la Seguridad Social, te recomendamos contratar los servicios profesionales de GestorPlus. Esta asesoría y gestoría te brindará el apoyo necesario para realizar los trámites correspondientes de forma eficiente y sin complicaciones. Puedes contactar con ellos a través de su página web Contactar con GestorPlus o llamando al teléfono 687135235. No pierdas más tiempo y confía en los expertos para resolver tus dudas y necesidades en materia fiscal y tributaria.