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¿Cuánto se paga por una herencia de padres a hijos en Galicia?


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En Galicia, al igual que en el resto de España, existe un impuesto que se aplica a las herencias y donaciones, conocido como Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). Este impuesto se paga en función del valor de la herencia recibida y de la relación de parentesco entre el fallecido y el heredero.

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En el caso de una herencia de padres a hijos en Galicia, el impuesto varía según el grado de parentesco y el patrimonio recibido. En primer lugar, es importante mencionar que existe una bonificación en el impuesto para las herencias entre padres e hijos en Galicia.

En concreto, en Galicia se aplica una bonificación del 99% en la base liquidable del impuesto para herencias recibidas por hijos menores de 21 años, siempre que el patrimonio preexistente del heredero no supere los 402.678,11 euros.

Si el heredero es mayor de 21 años, la bonificación se reduce al 95% y se aplica siempre y cuando el patrimonio preexistente del heredero no supere los 402.678,11 euros.

Es importante tener en cuenta que estos límites y bonificaciones pueden estar sujetos a modificaciones por parte de la legislación vigente en Galicia.

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Además del impuesto sobre sucesiones y donaciones, es posible que también deban pagarse otros impuestos relacionados con la herencia, como el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), conocido como impuesto de plusvalía municipal, en caso de que la herencia incluya bienes inmuebles.

Costo de recibir una herencia en Galicia

Recurrir a una herencia puede implicar diversos gastos y costos en Galicia, que es importante tener en cuenta para evitar sorpresas desagradables. A continuación, se detallan los principales aspectos a considerar en términos de costos al recibir una herencia en esta comunidad autónoma española.

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1. Impuesto de Sucesiones y Donaciones: Este es el principal impuesto que se aplica al recibir una herencia en Galicia. El importe exacto depende de varios factores, como el grado de parentesco con el fallecido, el valor de los bienes heredados y las reducciones o bonificaciones aplicables. Es importante destacar que Galicia cuenta con una normativa específica en materia de impuesto de sucesiones y donaciones, que establece ciertas bonificaciones y reducciones en función del grado de parentesco y del valor de los bienes heredados.

2. Notario y Registro de la Propiedad: Al realizar los trámites necesarios para recibir la herencia, es necesario acudir a un notario para realizar la escritura de aceptación y adjudicación de la herencia. Esto conlleva un costo que varía según el valor de los bienes heredados y los honorarios del notario. Además, es posible que sea necesario inscribir los bienes en el Registro de la Propiedad, lo cual también implica un costo adicional.

3. Gastos de gestoría: En muchos casos, es recomendable contar con el apoyo de una gestoría o asesoría para llevar a cabo los trámites de la herencia. Estos profesionales pueden ayudar en la liquidación del impuesto de sucesiones, la obtención de los certificados necesarios, la realización de las gestiones ante los organismos correspondientes, entre otros. Los honorarios de la gestoría pueden variar dependiendo de la complejidad de la herencia y los servicios requeridos.

4. Gastos de tasación: En algunos casos, puede ser necesario tasar los bienes heredados para determinar su valor real. Esto puede ser especialmente relevante si se trata de bienes inmuebles. Los costos de la tasación dependerán del tipo de bien y del tasador contratado.

5. Gastos de desplazamiento: Si el heredero vive fuera de la localidad donde se encuentra el notario o los bienes heredados, es posible que deba incurrir en gastos de desplazamiento para llevar a cabo los trámites necesarios. Estos costos pueden incluir transporte, alojamiento y manutención.

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Posibles deudas o cargas: Es importante tener en cuenta que los bienes heredados pueden estar sujetos a deudas o cargas que el heredero deberá asumir. Antes de aceptar la herencia, es recomendable realizar una investigación exhaustiva sobre la existencia de deudas pendientes, para evitar sorpresas en el futuro.

Impuestos por herencia de padres a hijos en España

En España, los impuestos por herencia de padres a hijos se rigen principalmente por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Este impuesto se aplica a las transmisiones de bienes y derechos por causa de muerte, así como a las donaciones realizadas en vida.

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones varía en función de diferentes factores, como el grado de parentesco, el valor de la herencia o donación recibida y la Comunidad Autónoma en la que se encuentre el contribuyente. Cada Comunidad Autónoma tiene competencia para establecer sus propias normas y tipos impositivos, por lo que puede haber diferencias significativas entre regiones.

En general, los hijos tienen derecho a una bonificación en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, lo cual significa que tienen que pagar menos impuestos que otros beneficiarios. Esta bonificación es mayor cuanto más cercano sea el grado de parentesco con el fallecido. Por ejemplo, en la mayoría de las Comunidades Autónomas, los hijos disfrutan de una bonificación del 99% en la base imponible.

Además, existen otras circunstancias que pueden afectar a la tributación de una herencia. Por ejemplo, si los bienes recibidos forman parte de una empresa familiar, pueden beneficiarse de reducciones fiscales especiales. También es posible que se apliquen deducciones por discapacidad, dependencia o vivienda habitual, entre otras.

Es importante destacar que el plazo para liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es de seis meses a partir del fallecimiento del causante. Sin embargo, este plazo puede variar dependiendo de la Comunidad Autónoma. En caso de no cumplir con este plazo, se pueden aplicar recargos e intereses de demora.

Exención de impuesto de sucesiones en Galicia

En Galicia, existe una exención de impuesto de sucesiones que puede aplicarse en determinados casos. El impuesto de sucesiones es un tributo que se paga al recibir una herencia o donación, y su cuantía depende del valor de los bienes recibidos y del parentesco con el fallecido o donante.

En Galicia, la exención de impuesto de sucesiones se establece en la Ley 13/2015, de 24 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas. Según esta ley, se establecen una serie de supuestos en los que se puede aplicar la exención total o parcial de este impuesto.

Uno de los supuestos de exención es cuando la base liquidable del impuesto es igual o inferior a 400.000 euros. Esto significa que si el valor de los bienes recibidos en la herencia o donación no supera esta cantidad, no se deberá pagar impuestos.

Además, existe una exención parcial del impuesto en caso de recibir una herencia o donación de vivienda habitual. En este caso, se aplicará una reducción del 99% en la base imponible del impuesto, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos, como que el valor de la vivienda no supere los 200.000 euros y que el heredero o donatario mantenga la vivienda como residencia habitual durante un plazo de 3 años.

Otra situación en la que se puede aplicar la exención parcial es cuando la herencia o donación se destine a la creación o ampliación de una empresa familiar. En este caso, se aplica una reducción del 95% en la base imponible del impuesto.

Es importante tener en cuenta que, para poder beneficiarse de estas exenciones, es necesario cumplir con ciertos requisitos y presentar la documentación correspondiente. Además, es recomendable contar con el asesoramiento de un profesional en materia fiscal para asegurarse de que se están aplicando correctamente las exenciones correspondientes.

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