En España, al igual que ocurre con el alquiler de viviendas, el alquiler de plazas de garaje también está sujeto a ciertas obligaciones y normativas fiscales. A partir del 1 de enero de 2015, se estableció la obligación de declarar el alquiler de plazas de garaje en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Antes de esta fecha, el alquiler de plazas de garaje se consideraba una actividad económica y se debía declarar en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). Sin embargo, a partir de 2015, se estableció que el alquiler de plazas de garaje para uso particular se considera una renta del capital inmobiliario y se debe declarar en el IRPF.
Para cumplir con esta obligación, el propietario de la plaza de garaje debe incluir los ingresos obtenidos por el alquiler en la declaración de la renta, en el apartado correspondiente a los rendimientos del capital inmobiliario. Además, también se pueden deducir los gastos necesarios para obtener dichos ingresos, como los gastos de comunidad, el IBI, el seguro o los gastos de mantenimiento.
Es importante destacar que, si el propietario tiene varias plazas de garaje alquiladas, deberá hacer una declaración conjunta de todas ellas, sumando los ingresos y gastos correspondientes.
En cuanto a los inquilinos, estos no tienen la obligación de declarar el alquiler de la plaza de garaje en su declaración de la renta, ya que se considera una renta pasiva y no una renta del trabajo.
Es fundamental recordar que el incumplimiento de esta obligación puede acarrear sanciones económicas por parte de la Agencia Tributaria. Por tanto, es importante cumplir con la declaración del alquiler de plazas de garaje y estar al corriente de todas las obligaciones fiscales.
Declaración de alquiler: obligaciones fiscales
Cuando se realiza un contrato de alquiler de una vivienda en España, tanto el propietario como el inquilino tienen ciertas obligaciones fiscales que deben cumplir. A continuación, se detallan las principales obligaciones fiscales relacionadas con la declaración de alquiler.
1. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): El propietario que alquila una vivienda debe incluir los ingresos obtenidos por el alquiler en su declaración de la renta. Estos ingresos se consideran como rendimientos del capital inmobiliario y se gravan con el IRPF.
2. Retenciones del IRPF: El inquilino está obligado a practicar una retención sobre el importe del alquiler y a ingresarlo en Hacienda en nombre del propietario. La retención se calcula aplicando un porcentaje sobre el importe del alquiler y varía en función de la duración del contrato y del tipo de inmueble.
3. Modelo 115: El propietario debe presentar el modelo 115 trimestralmente para declarar las retenciones practicadas por el inquilino. Este modelo se utiliza para informar a Hacienda sobre las retenciones realizadas y abonar el importe retenido.
4. Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): En determinados casos, como el alquiler de locales comerciales o arrendamientos a empresas, el propietario está obligado a aplicar el IVA al importe del alquiler. En estos casos, deberá presentar las correspondientes declaraciones periódicas de IVA.
5. Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): El propietario es responsable de pagar el IBI, que es un impuesto municipal que grava la propiedad de los bienes inmuebles. Este impuesto no se incluye en la declaración de la renta, pero es importante tenerlo en cuenta como un gasto asociado a la propiedad del inmueble.
Es importante destacar que tanto el propietario como el inquilino deben conservar la documentación relacionada con el alquiler, como el contrato, los recibos de pago y las declaraciones fiscales, durante un período mínimo de cuatro años, ya que Hacienda puede realizar comprobaciones y requerir esta documentación en cualquier momento.
Impuestos por plaza de garaje en Hacienda
La adquisición de una plaza de garaje puede conllevar ciertos impuestos que deben ser declarados ante la Agencia Tributaria, también conocida como Hacienda. A continuación, se detallan los principales impuestos relacionados con las plazas de garaje y cómo se deben gestionar:
1. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD): Este impuesto se aplica en el momento de la compra-venta de la plaza de garaje. La tarifa varía según la comunidad autónoma y el valor de la transacción. En la mayoría de los casos, corresponde al comprador pagar este impuesto.
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3. Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): Es un impuesto municipal que grava la titularidad de la plaza de garaje. El propietario está obligado a pagar este impuesto anualmente y su cuantía depende del valor catastral del garaje y de las tasas establecidas por el ayuntamiento correspondiente.
4. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): En caso de alquilar la plaza de garaje, los ingresos obtenidos deben ser declarados en la declaración de la renta como rendimientos del capital inmobiliario. Los gastos relacionados con la plaza de garaje, como el IBI o los gastos de comunidad, pueden ser deducibles.
Es importante señalar que estos impuestos pueden variar en función de la normativa vigente en cada comunidad autónoma y de las circunstancias particulares de cada caso. Por tanto, es recomendable consultar con un asesor fiscal especializado para obtener información actualizada y precisa sobre los impuestos aplicables en cada situación.
Alquiler no declarado: cómo Hacienda lo descubre
El alquiler no declarado es una práctica ilegal en España y puede tener consecuencias negativas tanto para el propietario como para el inquilino. Hacienda tiene diferentes formas de descubrir si se está produciendo este tipo de actividad y tomar las medidas correspondientes. A continuación, se detallarán algunas de las formas más comunes en las que Hacienda puede descubrir un alquiler no declarado:
1. Cruzamiento de datos: Hacienda cuenta con una amplia base de datos en la que se encuentran registrados todos los inmuebles y las transacciones relacionadas con ellos. A través del cruzamiento de datos, Hacienda puede comparar la información proporcionada por los propietarios e inquilinos con los datos que tiene registrados. Si detecta discrepancias o indicios de alquiler no declarado, puede iniciar una investigación.
2. Denuncias: Hacienda puede recibir denuncias de terceros que sospechan de un alquiler no declarado. Estas denuncias pueden provenir de vecinos, inquilinos anteriores, competidores o personas que tengan conocimiento de la situación. Hacienda investigará la denuncia y, si encuentra indicios de fraude, tomará las medidas correspondientes.
3. Inspecciones: Hacienda puede llevar a cabo inspecciones aleatorias o programadas en inmuebles para comprobar si se está realizando un alquiler no declarado. Durante la inspección, se verificará la documentación relacionada con el alquiler, como contratos, recibos de pago y declaraciones fiscales.
4. Anuncios en Internet: Hacienda también puede utilizar Internet para buscar anuncios de alquileres no declarados. Existen plataformas en línea donde los propietarios pueden publicar anuncios de alquileres, y Hacienda puede monitorizar estas páginas en busca de indicios de alquiler no declarado. Si encuentra un anuncio sospechoso, puede iniciar una investigación.
5. Información de terceros: Hacienda puede obtener información de terceros que estén relacionados con el alquiler, como empresas suministradoras de servicios (agua, luz, gas, etc.) o entidades financieras. Estas empresas pueden proporcionar información sobre los pagos realizados por el inquilino, lo cual podría indicar la existencia de un alquiler no declarado.
En caso de que Hacienda descubra un alquiler no declarado, el propietario puede enfrentarse a sanciones económicas y a la obligación de regularizar su situación fiscal. Además, el inquilino puede verse perjudicado, ya que no podrá deducirse el alquiler en su declaración de la renta.
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