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Quién paga la comunidad del mes de la venta


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Cuando se vende una vivienda que forma parte de una comunidad de propietarios, surge la duda de quién debe hacerse cargo de los gastos de comunidad correspondientes al mes en el que se realiza la venta.

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En España, la Ley de Propiedad Horizontal establece que el vendedor es responsable de los gastos de comunidad hasta el momento en que se formaliza la venta. Esto significa que, en principio, el vendedor debería ser quien pague la comunidad correspondiente al mes de la venta.

No obstante, es común que en la práctica se llegue a un acuerdo entre el vendedor y el comprador para prorratear los gastos de comunidad. Esto significa que se reparten entre ambas partes los gastos correspondientes al mes en el que se realiza la venta.

En muchos casos, el vendedor paga los gastos de comunidad hasta la fecha de venta y el comprador se hace cargo de los gastos a partir de esa fecha. Esta división de los gastos se suele realizar de forma proporcional, teniendo en cuenta los días que cada parte ha sido propietaria de la vivienda en el mes en cuestión.

Es importante destacar que este acuerdo entre vendedor y comprador debe quedar reflejado en el contrato de compraventa. De esta manera, se evitan posibles conflictos futuros y se establecen las responsabilidades de cada parte de forma clara.

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Responsabilidad de pago de la comunidad al vender

La responsabilidad de pago de la comunidad al vender una propiedad es un tema importante a tener en cuenta. Cuando se vende una vivienda que forma parte de una comunidad de propietarios, es necesario cumplir con una serie de obligaciones en cuanto a los pagos pendientes.

1. Pago de las cuotas comunitarias: El propietario vendedor debe estar al corriente de pago de las cuotas comunitarias antes de realizar la venta. Estas cuotas son las que se destinan al mantenimiento y conservación de las zonas comunes del edificio, como el ascensor, la piscina, los jardines, etc. Es importante verificar con la comunidad si existen deudas pendientes antes de proceder a la venta.

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2. Pago de derramas: En ocasiones, la comunidad de propietarios puede acordar realizar obras o mejoras en el edificio que requieran de un desembolso económico adicional. Estas derramas deben ser pagadas por todos los propietarios, incluido el vendedor, en función de su porcentaje de participación en la comunidad. Es necesario asegurarse de que todas las derramas han sido pagadas antes de cerrar la venta.

3. Responsabilidad por deudas: En algunos casos, el vendedor puede tener deudas pendientes con la comunidad de propietarios, ya sea por impago de cuotas o derramas. En este caso, el comprador puede solicitar que se realice un certificado de deudas por parte de la comunidad, en el que se indique el importe pendiente y se garantice que el vendedor asumirá su responsabilidad de pago.

4. Retención de fondos: En situaciones en las que existan deudas pendientes con la comunidad, el comprador puede solicitar que se retengan fondos del precio de venta para cubrir estas deudas. Esto se hace a través de un documento notarial en el que se establece la retención de una cantidad determinada hasta que se verifiquen los pagos pendientes.

Responsabilidad de la derrama en la venta de un piso

La responsabilidad de la derrama en la venta de un piso es un tema importante a tener en cuenta tanto para el vendedor como para el comprador. La derrama se refiere a un importe adicional que los propietarios de una comunidad de vecinos deben pagar para cubrir gastos extraordinarios de mantenimiento o mejoras en el edificio.

Cuando se vende un piso, es necesario determinar quién asumirá la responsabilidad de la derrama pendiente de pago. En general, la legislación establece que el vendedor es responsable de pagar las deudas existentes hasta el momento de la venta, incluyendo las derramas. Sin embargo, es importante aclarar este punto en el contrato de compraventa.

Existen dos escenarios posibles en cuanto a la responsabilidad de la derrama:

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Derrama pendiente de pago al momento de la venta: Si el vendedor tiene una derrama pendiente de pago al momento de la venta, es su responsabilidad liquidarla antes de la firma de la escritura de compraventa. El comprador no puede ser obligado a asumir esta deuda, a menos que se haya acordado expresamente en el contrato.

2. Derrama aprobada pero no pagada al momento de la venta: En ocasiones, puede ocurrir que se haya aprobado una derrama en una junta de propietarios, pero aún no se haya realizado el pago. En este caso, la responsabilidad de la derrama dependerá de lo establecido en el contrato de compraventa. Si no se menciona nada al respecto, se entenderá que el vendedor sigue siendo responsable de pagarla.

Es importante que tanto el vendedor como el comprador estén al tanto de las derramas pendientes y las incluyan en el contrato de compraventa de manera clara y detallada. Además, es recomendable solicitar un certificado de deudas a la comunidad de propietarios para asegurarse de que no existen derramas pendientes de pago.

Responsabilidad de pago de la comunidad

La responsabilidad de pago de la comunidad es un aspecto fundamental en la gestión de una comunidad de propietarios en España. Cada propietario tiene la obligación de contribuir económicamente a los gastos comunes necesarios para el mantenimiento y funcionamiento de la comunidad.

1. Obligación de pago: Todos los propietarios están obligados a pagar las cuotas o derramas establecidas por la comunidad para cubrir los gastos comunes. Estas cuotas se establecen en función de los gastos necesarios para el mantenimiento y conservación de los elementos comunes, como el ascensor, la limpieza, el jardín, etc.

2. División de gastos: Los gastos comunes se dividen entre los propietarios en función de su coeficiente de participación, que viene determinado en los estatutos de la comunidad o en la escritura de división horizontal. Este coeficiente refleja la participación de cada propietario en los elementos comunes.

3. Derramas: En ocasiones, la comunidad puede necesitar realizar gastos extraordinarios que no están contemplados en el presupuesto anual. En estos casos, se pueden establecer derramas, es decir, pagos adicionales que deben realizar los propietarios para cubrir estos gastos. Las derramas se aprueban en junta de propietarios y se reparten entre los propietarios en función de su coeficiente de participación.

4. Impago de cuotas: Si un propietario no realiza el pago de las cuotas de la comunidad, la ley prevé diferentes mecanismos para reclamar el pago. La comunidad puede enviar un requerimiento de pago al propietario moroso, solicitar una mediación o incluso iniciar un procedimiento judicial para reclamar la deuda. Además, la ley permite que la comunidad imponga intereses de demora y recargos por impago.

5. Responsabilidad solidaria: Los propietarios son responsables solidarios de las deudas de la comunidad. Esto significa que si un propietario no paga sus cuotas, los demás propietarios deben hacer frente a su parte proporcional. En caso de impago, la comunidad puede reclamar la deuda a cualquiera de los propietarios.

6. Embargo de la vivienda: En casos extremos, si un propietario acumula una deuda considerable con la comunidad y no muestra disposición a pagar, la comunidad puede solicitar el embargo de la vivienda para garantizar el pago de la deuda.

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