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Ante quién se interpone el recurso de reposición


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El recurso de reposición es un medio de impugnación que se presenta ante el mismo órgano administrativo que dictó la resolución que se pretende impugnar. Es decir, se interpone directamente ante la administración que emitió la decisión.

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Este recurso tiene como finalidad corregir los posibles errores o vicios que pueda tener la resolución administrativa, sin necesidad de acudir a la vía judicial. Además, es un trámite obligatorio en muchos casos antes de poder acudir a la vía judicial.

El recurso de reposición se interpone ante el órgano administrativo que dictó la resolución, es decir, el mismo órgano que emitió la decisión que se considera errónea o injusta. Por lo tanto, no es necesario acudir a otro órgano o instancia para presentar este recurso.

Es importante tener en cuenta que el recurso de reposición debe ser presentado dentro del plazo establecido por la ley, que suele ser de un mes a partir del día siguiente a la notificación de la resolución. Además, es recomendable presentar el recurso por escrito, indicando de manera clara y precisa los motivos de impugnación y las pretensiones que se persiguen.

Una vez presentado el recurso de reposición, la administración tiene la obligación de resolverlo en un plazo determinado, que también está establecido por la ley. En caso de que la administración no resuelva dentro de ese plazo, se puede entender el recurso de reposición desestimado, lo que permitiría acudir a la vía judicial.

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Interponer recurso de reposición en España

En España, el recurso de reposición es una vía procesal que permite a los interesados impugnar una resolución administrativa ante la misma administración que la dictó. Este recurso se encuentra regulado en el artículo 123 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El recurso de reposición se caracteriza por ser un recurso administrativo de carácter potestativo, es decir, que su interposición no es obligatoria antes de acudir a la vía judicial. Sin embargo, su interposición es recomendable, ya que constituye una oportunidad para que la administración revise su propia actuación y pueda rectificar posibles errores.

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Para interponer un recurso de reposición, es necesario presentar un escrito dirigido al órgano que dictó la resolución impugnada. Dicho escrito debe contener una serie de requisitos formales, como la identificación del interesado, la identificación de la resolución impugnada, los motivos de impugnación y las peticiones concretas que se solicitan.

Es importante destacar que el plazo para interponer el recurso de reposición es de un mes a partir del día siguiente a la notificación de la resolución impugnada. Si el recurso no se interpone dentro de este plazo, se considerará extemporáneo y no se admitirá a trámite.

Una vez presentado el recurso de reposición, la administración tiene un plazo de un mes para resolverlo. Transcurrido este plazo sin que la administración haya dictado resolución expresa, se entenderá desestimado el recurso, lo que permitirá al interesado acudir a la vía judicial.

En caso de que la administración resuelva el recurso de reposición, su decisión puede ser confirmatoria de la resolución impugnada, modificatoria o anulatoria. En caso de que la resolución sea desfavorable para el interesado, este podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante los tribunales.

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Competencia para resolver recurso de reposición

La competencia para resolver un recurso de reposición en España está determinada por la normativa procesal y administrativa vigente.

En primer lugar, es importante tener en cuenta que el recurso de reposición es un medio de impugnación que se interpone ante el mismo órgano que dictó la resolución impugnada. Por lo tanto, la competencia para resolver este recurso recae en el mismo órgano que emitió la resolución.

En el ámbito administrativo, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que el recurso de reposición debe ser resuelto por el órgano administrativo que dictó la resolución impugnada. Esto significa que la competencia para resolver el recurso de reposición corresponde al mismo órgano que tomó la decisión inicial.

En el caso de que la resolución impugnada haya sido dictada por un órgano colegiado, como un Consejo de Ministros o un Consejo de Gobierno, la competencia para resolver el recurso de reposición recaerá en el mismo órgano colegiado o en un órgano superior que tenga potestad para revisar las decisiones del órgano colegiado.

Es importante destacar que la competencia para resolver el recurso de reposición puede ser delegada en otro órgano administrativo, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en la normativa correspondiente. En este caso, el órgano delegado será competente para resolver el recurso de reposición.

En cuanto al plazo para resolver el recurso de reposición, la Ley 39/2015 establece que el órgano competente debe resolverlo en el plazo máximo de un mes a partir de su interposición. Si no se resuelve dentro de este plazo, se entenderá desestimado. No obstante, este plazo puede ser ampliado en determinados casos y circunstancias excepcionales.

Plazos para recurso de reposición

El recurso de reposición es una herramienta jurídica que permite a las partes impugnar una resolución administrativa ante el mismo órgano que la emitió, solicitando su revisión y modificación.

En España, los plazos para interponer un recurso de reposición están regulados por la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo para interponer el recurso de reposición es de un mes a partir del día siguiente a la notificación de la resolución impugnada. Es importante tener en cuenta que los sábados, domingos y festivos no se cuentan a efectos del cómputo del plazo.

El recurso de reposición debe ser presentado por escrito y dirigido al órgano que dictó la resolución impugnada. En el escrito de interposición del recurso, se deberán indicar los motivos de impugnación y las pruebas que se deseen aportar.

Una vez presentado el recurso de reposición, el órgano competente tiene un plazo de un mes para resolverlo. Si transcurrido este plazo no se ha dictado resolución expresa, se entenderá desestimado el recurso, lo que permitirá interponer un recurso contencioso-administrativo ante los tribunales.

Es importante señalar que el recurso de reposición es un trámite preceptivo, es decir, que debe ser agotado antes de acudir a la vía judicial. No obstante, existe la posibilidad de interponer un recurso contencioso-administrativo de forma directa, sin necesidad de agotar la vía administrativa, en casos de indefensión o cuando se considere que el recurso de reposición no sería eficaz.

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