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Solicitud de compatibilidad: prestación desempleo y autónomo


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Si estás cobrando la prestación por desempleo y estás pensando en iniciar una actividad como autónomo, es importante que sepas que existe la posibilidad de solicitar la compatibilidad de ambas situaciones. Esto significa que podrás seguir recibiendo la prestación por desempleo mientras desarrollas tu actividad como autónomo.

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Para solicitar la compatibilidad, deberás cumplir una serie de requisitos. En primer lugar, es necesario que estés percibiendo la prestación contributiva por desempleo, es decir, que hayas cotizado al menos 360 días en los últimos seis años. Además, deberás estar al corriente de pago de las cotizaciones sociales correspondientes al mes anterior a la solicitud.

La solicitud de compatibilidad deberá presentarse en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) antes de iniciar la actividad como autónomo. Deberás aportar la documentación necesaria, como el modelo de solicitud debidamente cumplimentado, el proyecto de actividad, el informe de viabilidad económica, entre otros documentos que te solicitarán.

Es importante destacar que, una vez concedida la compatibilidad, seguirás recibiendo la prestación por desempleo en la misma cuantía y duración establecida inicialmente. Sin embargo, tendrás que seguir cumpliendo con las obligaciones establecidas por el SEPE, como presentar las solicitudes de renovación mensuales y mantener actualizada tu situación de desempleo.

Además, como autónomo, deberás cumplir con tus obligaciones fiscales y de seguridad social, como el pago de las cotizaciones correspondientes. Es importante tener en cuenta que, al ser autónomo, no podrás solicitar la prestación por cese de actividad, por lo que es recomendable contar con un plan financiero que te permita hacer frente a posibles periodos de baja actividad económica.

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Cobrando el paro y dándome de alta como autónomo

Cuando una persona se encuentra en situación de desempleo y está cobrando el paro, puede plantearse la posibilidad de darse de alta como autónomo y seguir percibiendo la prestación por desempleo. A continuación, te explicaré los pasos a seguir y los requisitos necesarios para llevar a cabo esta situación.

1. Información previa:
Es importante tener en cuenta que la legislación en materia de prestaciones por desempleo puede variar, por lo que es recomendable consultar con el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para obtener información actualizada y precisa.

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2. Requisitos para darse de alta como autónomo:
Antes de darte de alta como autónomo, debes cumplir con los siguientes requisitos:
– Estar desempleado y estar cobrando el paro.
– No haber agotado la prestación por desempleo.
– Realizar una actividad económica por cuenta propia, es decir, ser autónomo.

3. Comunicación al SEPE:
Una vez que hayas decidido darte de alta como autónomo, debes comunicarlo al SEPE. Para ello, deberás presentar la solicitud correspondiente en la oficina de empleo o a través de la sede electrónica del SEPE. En esta solicitud, deberás indicar que vas a iniciar una actividad económica por cuenta propia.

4. Suspensión del cobro del paro:
Una vez presentada la solicitud, el SEPE suspenderá el pago de la prestación por desempleo. Sin embargo, durante los primeros 270 días de actividad como autónomo, si la actividad no es rentable, podrás solicitar la reanudación del pago del paro. Para ello, deberás cumplir con ciertos requisitos y presentar la correspondiente solicitud.

5. Cuantía de la prestación por desempleo:
La cuantía de la prestación por desempleo se calculará en función de las cotizaciones realizadas durante la etapa de trabajo por cuenta ajena. Esta cuantía se mantendrá durante el período de suspensión del cobro del paro.

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Obligaciones como autónomo:
Al darte de alta como autónomo, tendrás que cumplir con una serie de obligaciones, como realizar los pagos de las cotizaciones a la Seguridad Social, presentar las declaraciones trimestrales de IVA y las declaraciones anuales de IRPF, entre otras.

Es importante recordar que esta información es general y puede variar según la legislación vigente en cada momento. Por tanto, es recomendable consultar con el SEPE para obtener información actualizada antes de tomar cualquier decisión.

Autónomo: ¿Cuándo cobrar el paro?

Como autónomo, no tienes derecho a cobrar el paro de forma automática. El paro, o prestación por desempleo, está destinado a los trabajadores por cuenta ajena que han perdido su empleo de forma involuntaria. Sin embargo, existen algunas situaciones en las que un autónomo puede tener derecho a cobrar el paro.

1. Cese de actividad: Si eres autónomo y has cesado tu actividad de forma voluntaria y justificada, puedes solicitar la prestación por cese de actividad. Para ello, debes cumplir ciertos requisitos, como haber cotizado por cese de actividad durante al menos 12 meses, no haber alcanzado la edad de jubilación, estar al corriente de pago de las cotizaciones sociales, etc.

2. Reducción significativa de ingresos: Si como autónomo has sufrido una reducción significativa de tus ingresos, puedes solicitar el denominado “paro de los autónomos”. Este tipo de prestación está destinada a aquellos autónomos que hayan experimentado una caída de ingresos del 10% o más en comparación con el año anterior y que no superen determinados límites de ingresos.

3. Maternidad o paternidad: Los autónomos que se encuentren en situación de maternidad o paternidad también tienen derecho a cobrar el paro. En estos casos, la prestación se denomina “subsidio por maternidad o paternidad” y se concede durante el periodo de baja por maternidad o paternidad.

Es importante tener en cuenta que para poder acceder a cualquiera de estas prestaciones, es necesario cumplir una serie de requisitos y realizar los trámites correspondientes ante la Seguridad Social. Además, la cuantía y duración de la prestación dependerá de diversos factores, como las bases de cotización o los años de cotización como autónomo.

Compatibilización del paro: ¿Cuánto te quitan?

La compatibilización del paro se refiere a la posibilidad de combinar la prestación por desempleo con un trabajo por cuenta propia o ajena. Esto significa que una persona desempleada puede realizar actividades remuneradas mientras sigue recibiendo el subsidio o la prestación por desempleo.

Cuando se opta por la compatibilización del paro, es importante tener en cuenta que se producirán reducciones en la cuantía de la prestación. Estas reducciones varían en función de los ingresos obtenidos por el trabajo realizado y de la situación particular de cada persona.

En el caso de los trabajadores autónomos, la compatibilización del paro implica que la prestación por desempleo se reduce en un 50% durante el primer periodo de seis meses. A partir del séptimo mes, la reducción se sitúa en un 75%. Esta reducción se aplica sobre la base reguladora de la prestación.

En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, la prestación por desempleo se mantiene en su totalidad durante los primeros 180 días de trabajo. A partir del séptimo mes, se produce una reducción del 50% de la prestación durante los primeros 180 días de trabajo. A partir del séptimo mes, la reducción se sitúa en el 25%.

Es importante destacar que las reducciones en la prestación por desempleo no se aplican de forma acumulativa, es decir, si se trabaja tanto por cuenta propia como ajena, solo se aplicará la reducción correspondiente a la modalidad de trabajo que genere mayores ingresos.

Además, es fundamental informar a los servicios de empleo de la situación de compatibilización del paro y de los ingresos obtenidos. En caso de no informar adecuadamente, se pueden producir sanciones y la obligación de devolver las cantidades percibidas indebidamente.

Si estás buscando información sobre la solicitud de compatibilidad entre la prestación por desempleo y ser autónomo, te recomendamos contratar los servicios profesionales de GestorPlus. Esta asesoría y gestoría cuenta con un equipo especializado que te brindará la asistencia necesaria para gestionar este trámite de manera eficiente. No dudes en consultar con los expertos en GestorPlus para obtener el mejor asesoramiento en este tema.