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Para crear una SL, hay que ser autónomo.

En España, para crear una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL) no es necesario ser autónomo. A diferencia de los autónomos, que son personas físicas que ejercen una actividad económica de forma individual, las SL son personas jurídicas, es decir, entidades que tienen personalidad jurídica propia y pueden realizar actividades económicas de forma independiente.

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La principal ventaja de constituir una SL es que los socios no responden personalmente con su patrimonio ante las deudas de la empresa, sino que la responsabilidad está limitada al capital aportado. Esto brinda mayor seguridad a los emprendedores, ya que no arriesgan sus bienes personales en caso de problemas económicos.

Para constituir una SL, es necesario cumplir con una serie de requisitos legales. Estos incluyen redactar los estatutos sociales, determinar el capital social y las participaciones de los socios, y formalizar la escritura de constitución ante un notario. Además, se deben obtener los correspondientes permisos y licencias para el desarrollo de la actividad económica.

En cuanto a la figura del autónomo, es cierto que muchas personas que desean emprender optan por esta forma jurídica al inicio de su actividad económica, ya que es más sencilla y económica de constituir. Sin embargo, ser autónomo implica asumir una responsabilidad personal e ilimitada, lo que puede resultar desfavorable en determinadas situaciones.

Es importante destacar que ser autónomo y crear una SL no son condiciones excluyentes. Muchos autónomos, una vez que su negocio ha crecido y se ha consolidado, deciden constituir una SL para beneficiarse de las ventajas que ofrece esta forma jurídica. Esto les permite limitar su responsabilidad, aportar capital y tener una estructura empresarial más sólida.

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Obligatoriedad de autónomo en una SL

La Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL) es una forma jurídica muy común para la constitución de empresas en España. Una de las ventajas de esta forma jurídica es que los socios limitan su responsabilidad al capital aportado, lo cual brinda una mayor seguridad en el ámbito empresarial.

En una SL, los socios pueden ser tanto personas físicas como jurídicas, y pueden desempeñar diferentes roles en la empresa, como administradores o trabajadores. Sin embargo, es importante tener en cuenta que si un socio de la SL realiza una actividad económica de forma habitual y personal, estará sujeto a la obligatoriedad de darse de alta como autónomo en la Seguridad Social.

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La Ley General de la Seguridad Social establece en su artículo 305.2 que «los socios de sociedades laborales que sean trabajadores por cuenta ajena en la sociedad, así como los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado que presten servicios retribuidos a la cooperativa, tendrán la consideración de trabajadores por cuenta propia». Esto significa que los socios de una SL que realicen una actividad económica de forma habitual y personal estarán obligados a darse de alta como autónomos.

Es importante destacar que esta obligatoriedad no se aplica a todos los socios de una SL, sino únicamente a aquellos que cumplan con los requisitos mencionados anteriormente. Los socios que no realicen una actividad económica de forma habitual y personal, como los socios capitalistas, no estarán obligados a darse de alta como autónomos.

El alta como autónomo implica una serie de obligaciones y responsabilidades, como el pago de cotizaciones a la Seguridad Social y la presentación de declaraciones fiscales. Además, los autónomos tienen derecho a acceder a prestaciones como la prestación por cese de actividad o la prestación por maternidad.

Requisitos para abrir una SL en España

Abrir una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL) en España implica cumplir con una serie de requisitos legales y administrativos establecidos por la legislación española. A continuación, se detallan los principales requisitos que se deben cumplir para poder constituir una SL en España:

1. Capital Social: Para constituir una SL, se requiere un capital social mínimo de 3.000 euros. Este capital social puede estar compuesto por aportaciones en efectivo, bienes muebles o inmuebles, o derechos de crédito.

2. Estatutos Sociales: Es necesario redactar los estatutos sociales de la sociedad. Estos estatutos deben incluir información como la denominación social, el objeto social, el domicilio social, el capital social, la forma de administración y representación de la sociedad, entre otros aspectos.

3. Notario: Los estatutos sociales deben ser elevados a escritura pública ante notario. El notario dará fe de la voluntad de los socios y certificará la constitución de la sociedad.

4. Registro Mercantil: La escritura pública de constitución y los estatutos sociales deben ser inscritos en el Registro Mercantil correspondiente al domicilio social de la sociedad. Esta inscripción es necesaria para que la sociedad adquiera personalidad jurídica y pueda operar legalmente.

5. NIF: Una vez inscrita la sociedad en el Registro Mercantil, se debe obtener el Número de Identificación Fiscal (NIF) de la sociedad. El NIF es el identificador fiscal de la sociedad y se utiliza para realizar trámites y obligaciones fiscales.

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Impuestos: Una vez constituida la SL, se deben cumplir con las obligaciones tributarias correspondientes, como el pago de impuestos y la presentación de declaraciones fiscales.

7. Seguridad Social: En caso de contratar empleados, la sociedad debe darse de alta en la Seguridad Social y cumplir con las obligaciones laborales y de seguridad social correspondientes.

8. Libros contables: La sociedad debe llevar una contabilidad ordenada, así como los libros contables obligatorios como el libro diario, el libro de inventarios y cuentas anuales, entre otros.

9. Seguro de Responsabilidad Civil: Es recomendable contratar un seguro de responsabilidad civil para proteger a la sociedad y a los socios de posibles reclamaciones o demandas.

Es importante destacar que estos son los requisitos básicos para abrir una SL en España, pero puede haber otros requisitos específicos dependiendo del tipo de actividad que vaya a desarrollar la sociedad y de la legislación autonómica aplicable.

Formación de una SL en España

La formación de una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL) en España es un proceso relativamente sencillo y comúnmente utilizado por emprendedores y empresarios. A continuación, se detallan los pasos que se deben seguir para constituir una SL en España:

1. Elaboración de los estatutos sociales: Los estatutos sociales son el documento que regirá el funcionamiento de la SL. Deben incluir información como el nombre de la sociedad, el objeto social, el capital social, la forma de administración, entre otros aspectos relevantes.

2. Elección de la denominación social: La denominación social debe ser única y no puede coincidir con la de otra empresa ya existente. Se puede consultar la disponibilidad de un nombre en el Registro Mercantil Central.

3. Depósito del capital social: La SL debe contar con un capital social mínimo de 3.000 euros, que puede estar constituido por aportaciones en efectivo o bienes. Es necesario realizar un depósito de al menos el 25% del capital social en una entidad financiera.

4. Obtención del certificado de denominación social: Una vez elegida la denominación social, se debe solicitar el certificado de denominación social en el Registro Mercantil Central.

5. Escritura de constitución: La escritura de constitución es el documento que formaliza la creación de la SL. Debe ser redactada por un notario e incluir los estatutos sociales y la identidad de los socios fundadores.

6. Registro de la sociedad: La escritura de constitución debe ser inscrita en el Registro Mercantil correspondiente al domicilio social de la empresa. Además, se debe obtener el NIF (Número de Identificación Fiscal) de la sociedad.

7. Alta en la Seguridad Social: Una vez registrada la sociedad, se debe dar de alta a la SL en la Seguridad Social para cumplir con las obligaciones laborales y fiscales.

8. Obtención del CIF: El CIF (Código de Identificación Fiscal) es el número de identificación tributaria de la empresa. Se debe solicitar en la Agencia Tributaria.

9. Legalización de libros: La SL debe llevar una serie de libros contables obligatorios. Estos libros deben ser legalizados por el Registro Mercantil.

10. Comunicación de apertura de establecimiento: En caso de que la SL vaya a tener un establecimiento físico, se debe comunicar la apertura a la Administración correspondiente.

Una vez completados estos pasos, la SL estará completamente formada y lista para comenzar su actividad comercial. Es importante tener en cuenta que estos son los pasos generales y que pueden variar según el caso particular. Se recomienda buscar asesoramiento legal y contable para garantizar el cumplimiento de todos los requisitos legales.

Si estás interesado en crear una Sociedad Limitada (SL) pero no sabes por dónde empezar, te recomendamos contratar los servicios profesionales de GestorPlus. Esta Asesoría y Gestoría cuenta con años de experiencia en el sector y te ayudará en todo el proceso de constitución de tu empresa.

Puedes contactar con ellos a través de su página web Contactar con GestorPlus o llamando al teléfono 687135235. No pierdas más tiempo y deja en manos de expertos todo el papeleo y trámites necesarios para crear tu SL. ¡Confía en GestorPlus y empieza tu proyecto empresarial con éxito!